La Constituyente en asamblea del día de hoy aprobó la ley contra el odio


La Asamblea Nacional Constituyente aprobó este miércoles la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.

En el artículo 11 se obliga a los partidos políticos la suspensión de personas militantes que promuevan el odio, violencia o discriminación de cualquier tipo y no podrán ser inscritos o constituidos ante el CNE.

En la ley el artículo 12 obliga a los medios de comunicación a transmitir mensajes enfocados en la paz por un total de 30 minutos semanales cuyo material será entregado por el gobierno nacional.

Sobre los medios de comunicación social, así como los medios electrónicos tienen prohibido la transmisión de propagandas de guerra en su artículo 13.

Las personas que administran las redes sociales tienen prohibido la incitación a la discriminación de cualquier tipo deben retirar todos los mensajes o propaganda, según el artículo 14.

La violación de esta ley se considerará un hecho punible y podrán se castigados con 10 hasta 20 años de prisión.

Para los medios de comunicación podrán ser sancionados con la revocatoria de concesión y/o multas de 100.000 hasta el 155.000 Unidades Tributarias.

Los medios de comunicación que incumplan la promoción de los mensajes de paz y convivencia pacifica establecidos por el gobierno nacional serán sancionados con 4 hasta 30 % del ingreso bruto del año fiscal.




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