La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, explicó este viernes que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no puede disolver a la Asamblea Nacional, porque no es su competencia.
“La constitución también establece las causales de la disolución de la Asamblea Aacional. La única causa remite al artículo 240. Cuando el Parlamento solicita moción de censura en tres ocasiones al vicepresidente de la República”, detalló durante una entrevista en Venevisión.
Es decir, cuando la asamblea nacional exige la responsabilidad política tres veces en el mismo periodo del vicepresidente, con la intensión de destituirlo de su cargo y sin justificación alguna; el Poder Ejecutivo puede dictar la disolución del Parlamento.
Fuente: La Patilla
¿Quieres emigrar?
Postulate a las ofertas de trabajo disponibles en las mejores ciudades del mundo donde mudarte a vivir y trabajar, visita: The Best Cities to Live and Work
Comparte en tus redes sociales:
Opciones para usuarios:
» Cronograma de Pensiones IVSS 2024» Precio del DÓLAR
» Calculadora PayPal »
» Precio del BITCOIN »
» El HORÓSCOPO Diario »
» Pronóstico del Tiempo
» Buscar Noticias o Artículos
Sigue leyendo los temas más populares: