SANCIONES,Más allá de la retórica ¿De dónde obtenemos las divisas?

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SANCIONEs,Más allá de la retórica ¿De dónde obtenemos las divisas?

Días atrás, siguiendo la advertencia realizada previo a las elecciones para la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), el gobierno de los Estados Unidos (EEUU) decidió dar un paso al frente y escalar en el conjunto de sanciones impuestas al gobierno venezolano e imponer así restricciones de carácter financiero a las operaciones en divisas del sector público.

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La narrativa del gobierno estadounidense es sencilla: en su intento por aferrarse al poder, el gobierno de Nicolás Maduro ha cometido una serie de abusos a los derechos humanos (DDHH) y libertades fundamentales de los venezolanos, llevando al país al caos propio de un Estado fallido con una crisis humanitaria sin precedentes.

Esta serie de elementos ha hecho necesario un incremento significativo en la presión internacional, dado el establecimiento de una ANC ilegítima, capaz de cambiar todas las normas existentes y suspender indefinidamente cualquier proceso electoral, altos niveles de corrupción en las diferentes ramas del gobierno y una escalada en la violencia y persecución política.

¿Quién se encuentra sancionado y por qué?

En primer lugar, es fundamental entender a quién va dirigida la sanción y cuál es el alcance de la misma. A ojos de lo expuesto en la Orden Ejecutiva (OE) promulgada por la Casa Blanca, el “gobierno venezolano”, parte sancionada y principal protagonista en los diferentes documentos, es un término amplio que incluye al Gobierno Central (GC), cualquier subdivisión política o persona vinculada con el mismo, el Banco Central de Venezuela (BCV), Banco de Desarrollo (Bandes) y Petróleos de Venezuela S.A. (Pdvsa).

Según expone la Oficina de Control de Activos Foráneos (OFAC), el gobierno de Venezuela está liquidando activos a un descuento significativo a costa del pueblo venezolano. En este sentido, las sanciones apuntan a prevenir que personas estadounidenses contribuyan a financiar esta dinámica, procurando no afectar en gran medida al mercado y los diferentes inversionistas.

A pesar de ser asimétricas en su ejecución (dependiendo de la rama del gobierno) el objetivo es el mismo: limitar las posibilidades de nuevo endeudamiento y las diferentes operaciones a crédito por parte del gobierno, así como reducir su margen de maniobra en los mercados internacionales.

¿Qué contemplan las sanciones?

 

Como mencionamos anteriormente, el objetivo primordial de las sanciones es servir de freno a nuevas operaciones de endeudamiento y/o liquidación de activos por parte del gobierno venezolano. No obstante, el alcance de las sanciones varía dependiendo de la rama del sector público de donde nos posicionemos. Así, la OE separa a Pdvsa del resto del gobierno venezolano dividiendo en dos el alcance de las sanciones.

Para el caso de Pdvsa, la OE emitida por la Casa Blanca prohíbe a cualquier persona entrar en algún tipo de transacción, proveer financiamiento o transar deuda relacionada a la estatal petrolera si la misma fue emitida luego de la entrada en vigor de la OE (25/08) y si contempla un vencimiento superior a los 90 días.

En lo que a transacciones con las demás ramas del Gobierno venezolano se refiere, la prohibición es similar con la única excepción de que el lapso de vencimiento permitido para la emisión de nueva deuda es de 30 días. Es importante destacar que esta diferenciación en los tiempos clarifica que el sistema financiero americano puede emitir cartas de crédito a Pdvsa por un lapso hasta de 90 días sin mayores inconvenientes. Dicho de otra manera, la OE permite la comercialización del petróleo venezolano ante la inhibición del sistema financiero internacional.

Adicionalmente, vale la pena destacar que las restricciones se extienden operaciones con cualquier tipo de acción, capital o Equity[4] relacionada con el “gobierno venezolano” colocada en el mercado luego de la entrada en vigor de la OE.

Por otra parte, la OE prohíbe explícitamente la realización de transacciones que involucren bonos emitidos por el gobierno venezolano (incluyendo Pdvsa) antes del 25 de agosto, así como cualquier tipo de transacción que involucre el pago de dividendos u otro esquema de distribución de ganancias al “gobierno venezolano” por parte de cualquier entidad controlada, directa o indirectamente, por el mismo.

Para cerrar, prohíbe la compra de instrumentos financieros y demás papeles emitidos o relacionados al “gobierno venezolano” distintos a aquellos catalogados como nueva deuda con un vencimiento menor a 90 días (para el caso Pdvsa) o 30 días (demás ramas del gobierno)[5]. Como veremos más adelante, en la misma OE se establecen una serie de licencias que exoneran a casi todos los papeles que se estaban previo al 25 de agosto de 2017.

El rol de la OFAC y las diferentes licencias

A pesar de que el alcance de la orden ejecutiva es relativamente amplio, la OFAC emitió cuatro licencias con el objetivo de limitarla y ofrecer una ventana para la realización de ciertas operaciones con el gobierno venezolano[6].

Por ahora, las cuatro licencias son de carácter general, es decir, todas las personas tienen acceso a las mismas. En este sentido, aquellas operaciones previamente prohibidas por la OE, pero avaladas en el marco de las licencias emitidas por la OFAC, están permitidas. Las licencias son las siguientes:

Licencia General I:

Aplica para todos los contratos y acuerdos que estaban en vigencia previo al 25 de agosto. Les otorga a las diferentes entidades (“personas”) un período de 30 días para el desarrollo de cualquier actividad prohibida bajo la OE (y sin el garante de al menos una de las cuatro licencias) y que por lo general son necesarias para la cesación de los diferentes contratos/arreglos que aún sigan vigentes.

Licencia General II:

Permite el desarrollo de todas las transacciones previamente prohibidas en la OE en aquellos casos en los que la única entidad del gobierno involucrada sea Citgo Holding o cualquiera de sus subsidiarias. No obstante, el pago de dividendos permanece prohibido bajo lo expuesto en la OE. Es decir, Citgo mantiene a plenitud sus facultados operativas mientras se evita que continúe financiando a su único accionista: Pdvsa.

Licencia General III:

Sirve como apéndice a la prohibición vinculada a la compra/venta de Bonos desarrollada en la OE. La misma permite, en líneas generales, el desarrollo de transacciones con aquellos bonos detallados en la lista anexa a la Licencia que contempla todos los papeles emitidos por Venezuela, Pdvsa, las asociaciones estratégicas y Electricidad de Caracas (Elecar) (se incluye el Pdvsa22 con cupón de 6,0% recientemente comprado por Goldman Sachs y Nomura) exceptuando el Ve36 que el Estado venezolano no había logrado vender, dado que no está desmaterializado y que sigue en posesión del Banco de Venezuela (BDV).

Licencia General IV:

Opera como una suerte de Licencia de carácter humanitario. La misma permite el desarrollo de transacciones que impliquen la “emisión” de nueva deuda con motivos humanitarios (alimentos, medicinas, equipos médicos y sus respectivos repuestos).

Vale la pena mencionar que, en una serie de aclaratorias hechas por la OFAC, se permite explícitamente el mantenimiento de las diferentes cuentas corresponsales dentro de EEUU y el desarrollo de las operaciones en dólares dentro del sistema financiero estadounidense, por esta razón, al menos de momento, la convertibilidad al dólar de las exportaciones venezolanas no se encuentra afectada.

Adicionalmente, la OFAC hace énfasis en que la ciudadanía venezolana no se encuentra sometida a sanciones por parte de los EEUU y abre la ventana a transacciones y operaciones con terceras partes que no se encuentren sometidas a algún tipo de sanción de carácter personal.

Con las manos atadas

A pesar de que la OE representa fuertes restricciones para la ya limitada operación del gobierno en los mercados internacionales, las diferentes Licencias, al ser de carácter general y amplias, mitigan el impacto sobre los inversionistas y la operación petrolera estadounidense. Es decir, todo el peso de las sanciones recae sobre el sector público venezolano, sin mayor impacto en lo formal sobre la posición comercial del sector petrolero, protegiendo a los actuales inversionistas sin distinción de origen.

Sin embargo, en nuestra opinión, las sanciones representan un cierre definitivo de los mercados internacionales para el régimen de Nicolás Maduro, complicando sus flujos positivos de caja en los últimos meses del año, cuando concurre una concentración elevada de pagos por concepto de deuda, en el marco de una crisis humanitaria sin precedentes y un cuadro externo sumamente deteriorado.

Adicionalmente, siendo los EEUU la principal plaza financiera mundial, la mayoría de las entidades financieras del mundo mantienen algún tipo de operación en la misma, y, por ende, deberían también estar sujetas a las restricciones impuestas por la OE, dejando como únicos mecanismos de posible financiamiento a Rusia y China.

Es importante resaltar que el elemento reputacional pesa. La prohibición de transar con instrumentos venezolanos (exceptuando aquello expuesto en las licencias), así como la incertidumbre generalizada sobre las sanciones y el hecho de ser un país sancionado, puede entorpecer la liquidación de los diferentes activos con los que, hoy, cuenta el gobierno venezolano para hacer frente a sus compromisos (con énfasis en las operaciones con el oro, vigentes y futuras).

Este hecho no se puede pasar de largo. Hasta la fecha, la estrategia del Gobierno para hacer frente a sus compromisos externos ha implicado liquidación de activos, nuevo endeudamiento y un recorte significativo en las importaciones. Es decir, en un contexto donde los dos primeros mecanismos se encuentran severamente limitados. ¿Cómo podría afrontar el gobierno venezolano el persistente déficit en caja hasta finales del año 2018?

Lo informal no incide exclusivamente en la liquidación de activos. El hecho de formar parte de la lista de países sancionados por los EEUU es proclive a generar aversión por operaciones y tratos con el gobierno venezolano, magnificando así el alcance e incidencia de las sanciones.

¿Cómo cubrir la brecha?

Hasta la fecha, el Gobierno ha logrado hacer frente a sus compromisos externos un trimestre a la vez, a un costo cada vez mayor. Desafortunadamente, aún queda camino por andar y el horizonte que propone el año entrante no anticipa ningún cambio positivo en el cuadro externo.

Hagamos un ejercicio de abstracción: culminando el mes de agosto (y consigo el 3T2017 se aproxima a su cierre), Venezuela enfrentará un déficit de caja cercano a los 3.500 millones de dólares en el 4T2017. La OE impone severas restricciones en la liquidación de activos y emisión de nuevas deudas, agravando las consecuencias de las sanciones y un cierre definitivo de los mercados. Con esto en mente, ¿cómo pudiera el Gobierno cerrar la brecha?

Adicionalmente, si asumimos que el gobierno cuenta con un monto cercano a los 2.300 millones de dólares (entre reservas operativas y demás fondos) y sin contar con algún tipo de auxilio por parte de China o Rusia, en caso de optar por hacer frente a sus compromisos externos, el mismo tendría que reducir del saldo de importaciones de bienes y servicios en un 40,0% del monto proyectado para el cierre de año, agudizando la escasez y con presiones de importancia sobre la inflación y el tipo de cambio paralelo.

El problema de China y Rusia

En este contexto, la opinión pública ha expresado que pueden existir un par de jugadores que pudieran contribuir a aliviar el ajustado cronograma propuesto para el cierre de año: China y Rusia.

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En primer lugar, a pesar de que China cuente con músculo financiero para apoyar a Venezuela, vale observar que la estructura de su asistencia ha cambiado significativamente ante un deterioro generalizado del panorama económico. Por eso la ayuda de China pasó de una renovación casi automática de los diferentes tramos del Fondo Chino (FC) a corto plazo, a fideicomisos con mayores restricciones en su uso a un período de gracia en las amortizaciones de capital propuestas entre 2016-2018. Siguiendo esta línea, difícilmente veamos un desembolso directo de recursos por parte del gigante asiático.

No obstante, la ayuda no se limita exclusivamente a una transferencia unilateral de recursos. Cabe destacar que aún existen diferentes mecanismos que de alguna manera representen una liberación de caja para el gobierno a corto plazo, tal como recomprar parte de la deuda utilizando los mercados secundarios y disminuir artificialmente los compromisos pautados para fines de año.

En un segundo plano, Rusia pareciera haberse convertido en una novedosa opción durante los últimos años. Hasta el momento, Rusia ha desembolsado cerca de 6.500 millones de dólares, de los cuales Venezuela tiene que pagar 4.000 millones en lo que resta del 2017 y 2018. Para que sea el principal financista y echarse al hombro el difícil cuadro externo que presenta Venezuela, no solo debe estar dispuesto a no recibir los aproximadamente 4.000 millones de dólares que contractualmente Venezuela le debe pagar en los próximos 16 meses, sino desembolsar 7.500 millones de dólares adicionales en ese mismo lapso. Adicionalmente, la estatal petrolera rusa ha afirmado recientemente que, por lo momentos, no se tienen contemplados nuevos pagos por anticipos de crudo a Pdvsa.

Descrito esto, al menos para el año 2017, todos los caminos parecieran estar cerrados. Sin embargo, el país sigue y la restricción externa es proclive a agudizarse ante un deterioro significativo de la industria petrolera.

La OE, al final arrincona al Gobierno en una esquina con dos alternativas posibles: 1. dejar de cumplir con sus compromisos externos con un efecto positivo en el corto/mediano plazo, pero con costos sumamente elevados en el mediano y largo plazo, o 2. realiza un ajuste aún más fuerte sobre el nivel de importaciones, en la época que estacionalmente las mismas suelen ser mayores.

“Cubierto el 2017”, ¿qué nos depara el 2018?

La disyuntiva presente no es diferente a la que Venezuela tendrá que enfrentar el año entrante. De querer cerrar la brecha externa solo contrayendo importaciones de bienes y servicios, las mismas tendrían que reducirse en un monto cercano a 50,0%. De escoger (y ser posible) la alternativa de China y Rusia, estos países no solo tendrían que renunciar a percibir cerca de 4.413 millones de dólares por concepto de pago de deuda[7], sino desembolsar unos 3.970 millones de dólares adicionales en caso de querer mantener el nivel de importaciones (mínimo histórico) registrado este año.

Conclusión

La imposición de las sanciones por parte de los EEUU ha logrado empujar a Venezuela a una posición en la que uno de los debates centrales de la política económica venezolana alcanza su punto más álgido: ¿Seguirá el Gobierno recortando importaciones a niveles insostenibles o dejará de cumplir con el servicio de deuda?

 

De acuerdo con la información que manejamos en Ecoanalítica, el Gobierno cuenta actualmente con monto cercano a los 1.900 millones de dólares de ahorro destinado a hacer frente a los pagos de octubre y noviembre del presente año. Esto implicaría una necesidad de divisas cercana a 1.619 millones de dólares, lo cual, dado el tablero de juego propuesto, está supeditado a la dinámica de las importaciones.

La posición no es fácil, más desde la limitada concepción de la política económica del Gobierno en medio de la mayor crisis de nuestra historia moderna. Como profesa un dicho común entre los economistas, no hay almuerzo gratis. Ya llegó la cuenta.

 

Alejandro Grisanti|Gorka Lalaguna|Asdrúbal Oliveros

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