“Ley Seca” 24 horas hoy martes 16″


leyseca-320x240   Está totalmente prohibida la venta de licor en distribuidores, licorerías, supermercados, tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos y negocios afines. Fuertes sanciones se aplicarán contra quienes no acaten la medida.

El Ministerio del Poder Popular para las Relaciones del Interior y Justicia, emitió una resolución por la cual se limita el expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional durante el periodo festivo de carnaval como parte de la activación del Plan Nacional de Protección para la Prevención en Periodos Festivos de Asueto y Vacacionales.

La medida, publicada en gaceta numero 99364 de fecha 9 de febrero del presente año, especifica que durante los días 12,13,14 y 15 el expendio de licores estará limitado en:

1: Distribuidores, licorerías, supermercados y afines, en los horarios comprendidos entre las 11:00 horas hasta las 19:00.
2: Tascas, restaurantes, bares, espectáculos públicos y afines, entre el mediodía y la media noche. Durante el día 16, la medida regirá para ambos renglones durante todo el día, es decir no hay expendio de bebidas alcohólicas.

Según el decreto, “queda prohibido el expendio fuera de los horarios antes señalados; por lo tanto los establecimientos y comercios que incurran en desacato e inobservancia a la presente resolución, quedarán sujetos a las sanciones correspondientes impuestas por las respectivas autoridades municipales”.

También, “se instan a los funcionarios de los órganos de seguridad ciudadana y demás autoridades competentes, a dar cumplimiento a la disposición que prohíben el consumo de bebidas alcohólicas en parques nacional, estacionamientos públicos, instalaciones deportivas, vías públicas y automóviles (estacionados en desplazamiento); en caso de ser detectada la presencia de botellas a tapa abierta y/o envases para el consumo los funcionarios y autoridades antes mencionadas requerirán de los infractores el vaciado del liquido, la inobservancia de esta disposición acarreara las sanciones a las que hubiera lugar por desacato de la autoridad y el ordenamiento jurídico vigente”.

Además, “las autoridades adoptaran medidas que permitan la determinación de los niveles de consumo de bebidas alcohólicas y la capacidad psicomotora por parte de las personas que operen cualquier unidad de transporte sea esta terrestre, aérea o acuática a objeto de evitar accidentes de transito”.

“El incumplimiento del contenido de la presenta resolución por parte de los funcionarios públicos involucrados en el plan, será sancionado conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Estatuto de la Función Pública y en la Ley Contra la Corrupción” señaló el decreto.

YVKE




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