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AN realiza la primera discusión del proyecto de reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario

  AN171209 Estas empresas estan destinadas a la producción, manufactura, distribución y comercialización, nacional e internacional, de productos agrícolas y alimentos del sector agrícola.

También reserva para el Gobierno Nacional “las actividades de producción primaria, industrialización, distribución y comercialización” que permitan consolidar la soberanía agroalimentaria del país.

El artículo 7 de la reforma se refiere al latifundio como “»aquella tenencia de tierras ociosas o incultas, en extensiones mayores al promedio de ocupación de la región en la cual se encuentran ubicadas (…)Se determinará la existencia de un latifundio, cuando señalada su vocación de uso, así como su extensión territorial, se evidencie un rendimiento idóneo menor a 80%».

Se establece como tercerización » toda forma de aprovechamiento de la tierra con vocación agrícola mediante el otorgamiento a un tercero del derecho de usufructo sobre ésta o el mandato de trabajarla, bien sea a través de la constitución de sociedades, arrendamientos, comodatos, cesión de derechos, medianería, aparcería, usufructo o, en general, cualesquiera formas o negocios jurídicos, onerosos o no, con los cuales el propietario de la tierra efectúa su aprovechamiento con la intermediación de un tercero o lo delega en él».

En el artículo 14 se indica que «son también sujetos preferenciales de adjudicación los campesinos y campesinas que hubieren permanecido por un período ininterrumpido superior a tres años trabajando tierras privadas ajenas, bajo alguna forma de tercerización, respecto de las tierras privadas objeto de su trabajo, cuando éstas fueren expropiadas por el INTI conforme al procedimiento previsto en la presente ley».
 

nh / Reporte360

AN realiza la primera discusión del proyecto de reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario was last modified: mayo 13th, 2010 by
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