A partir de la propuesta de trabajo de la reforma de la Ley de Responsabilidad Social de Radio y Televisión (Ley Resorte), que ahora se extiende a los servicios de Internet y medios electrónicos, se modificará seriamente la transmisión de informaciones oportunas; así como los foros y comentarios de los usuarios.
Es decir, informaciones sobre homicidios, violaciones, violencia contra la mujer o resultados de loterías no podrán ser difundidos en ningún horario. Tampoco se permiten mensajes anónimos en los sitios web, de ser así el medio que lo transmita podría ser sancionado con multas del 10% de los ingresos brutos.
Las nuevas prohibiciones contempladas en el artículo 8 indican que “en ningún horario” está permitida la difusión de mensajes que contengan elementos de sexo tipo “E”, de salud tipo “D” y violencia tipo “C”.
Eso significa que no se pueden publicar textos, imágenes, sonidos, contextos o descripciones gráficas que presenten la violencia en todas sus formas o consecuencias, contra los niños o la mujer, violencia sexual o violencia como tema central.
Tampoco mensajes que se refieran directa o indirectamente al consumo excesivo de bebidas, tabaco o sustancias estupefacientes; o que asocie éstos a ventajas en la posición económica, social o en el ejercicio de la sexualidad; tampoco que se refieran a la práctica compulsiva de juegos de azar.
También se prohiben textos imágenes, sonidos o contextos sobre actos o prácticas sexuales reales; desnudez sin finalidad educativa en las cuales se muestren los órganos genitales; prácticas sexuales reales o dramatizadas donde se amenace o viole el derecho a la vida, salud o derecho a la igualdad o que constituyan hechos punibles.
Tampoco están permitidos en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos mensajes “que pudieran constituir propaganda de Guerra”; “manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público”; “destinados a desconocer autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos” o “aquellos que pudieran inducir al magnicidio“.
De publicarse alguno de los mensajes mencionados, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) “podrá ordenar a los proveedores de servicios de Internet, restringir el acceso a mensajes y portales divulgados a través de ésta u otros medios electrónicos”. Estos proveedores deberán restringir ese acceso “sin dilaciones”.
Esto es porque los proveedores de servicios de Internet “serán responsables por la información y contenidos prohibidos” ya señalados.
Se deja abierta la posibilidad de establecer normas técnicas adicionales para este artículo 8.
Mensajes anónimos acarrean multas y suspensión
El artículo 29 del proyecto de reforma de la Ley Resorte, indica “multa del 10% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal, inmediatamente anterior” a cuando ocurre la infracción, además de suspensión por 72 horas continuas de transmisiones cuando se difunda cierto tipo de mensajes.
Entre esos mensajes están algunos contemplados en el artículo 8, antes descrito, además de “aquellos que pudieran incitar o promover el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, diferencia de género, racismo o xenofobia”; que pudieran ser “discriminatorios“; “contrarios a la seguridad de la Nación”; o “anónimos“.
Con una aplicación rigurosa de estas normas muchos sitios web venezolanos deberán salir del aire, ya que se prohibe difundir mensajes anónimos que afectan a la totalidad de los foros que funcionan en Venezuela.
La Ley también genera una gran discriminación hacia los sitios web nacionales, ya que sería de todo punto imposible que esas normas se apliquen a los sitos web extranjeros.
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