Una mujer inició una demanda contra una notaria que la asesoró mal en la compra de un apartamento y por ello debió mudarse, junto a su marido, a la casa de sus suegros, con quienes convivió durante ocho años.
El proceder de la notaria derivó en “la frustración de la mujer en el acceso a una vivienda familiar (…) determinando que la demandante junto a su esposo vivieran con sus suegros en una casa, propiedad de los progenitores de su pareja” y “todos estos son, sin duda, daños al espíritu”, señaló el fallo de la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de Mendoza.
Sin embargo, el tribunal, aunque confirmó un fallo de primera instancia, determinó una indemnización por daño moral a favor de la demandante por apenas 2.500 pesos, lo que quivale a unos 590 dólares.
“El daño moral es una modificación del espíritu, que no se corresponde exclusivamente con el dolor y que puede tener conmociones espirituales”, señaló el juzgado al fijar el monto de la indemnización.