Ensambladoras deben ofrecer planes de compra programada


      Las ensambladoras e importadoras de vehículos que operan en el país estarán obligadas a ofrecer planes de compra programada para que los venezolanos puedan adquirir sus productos, según el proyecto de ley aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional esta semana.

 

“Toda empresa que ensamble vehículos en el país o que importe automóviles masivamente está obligada a constituir, registrar y operar empresas en el ramo de ventas programadas, según los lineamientos y regulaciones contenidos en esta ley”, dice el artículo 23 de la propuesta.

El artículo 34 establece que las compañías deben destinar un mínimo de 10% de los carros que produzcan o importen a comercializarlo mediante planes de compra programada. “Esta participación será supervisada y certificada por el ministerio con competencia en el ramo”, agrega.

El proyecto de ley, que será llevado a consulta pública en las próximas semanas, prohíbe que las empresas entreguen al comprador un vehículo distinto al ofrecido y exige que garanticen el correcto funcionamiento de los automóviles, los repuestos, los servicios y el mantenimiento.

Las administradoras de planes de compra programada sin vínculos con la industria automotriz que operan actualmente ya no podrán ofrecer carros a los asociados, porque la pertenencia a una ensambladora o importadora será una condición necesaria para recibir la autorización gubernamental.

 

El otro requisito que se exigirá es un capital inicial de 20 millones de bolívares. Las empresas de compra programada de vehículos que están activas tendrán 180 días a partir de la entrada en vigencia de la ley para solicitar la autorización y adecuar su capital, según las disposiciones finales.

El mismo precio. El artículo 6 del proyecto establece que el contrato entre la compañía de compra programada y el usuario deberá tener el precio de venta del automóvil, “el cual no debe tener modificaciones”.

El artículo 8 prohíbe la utilización de mecanismos de actualización de precios.

La propuesta legal también dice que, en caso de terminación del contrato, la empresa debe entregar 99% de los aportes realizados ­podrá quedarse con 1% por gastos administrativos, previa demostración mediante facturas­ en 20 días contados a partir de la solicitud del cliente.

El incumplimiento en el reembolso del dinero implicará una indemnización al usuario por mora y lucro cesante. También acarreará multa de 1.000 unidades tributarias (equivalentes a 76.000 bolívares), cierre provisional de la compañía y sanciones penales.

Las empresas autorizadas para ofrecer planes de compra programada también serán multadas si se dedican a una actividad diferente (entre 152.000 y 228.000 bolívares) o promocionan planes que no cumplan con los requisitos legales (entre 76.000 y 152.000 bolívares).

El Nacional




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