Ley de Costos crea estructura que anula función del mercado


   La Ley de Costos y Precios Justos será el punto
más alto de la intervención estatal en la economía. Ante la persistente presión
de la inflación, el Ejecutivo decidió, vía decreto, sustituir al mercado como
único fijador de precios.

La amplitud del texto legal quedó establecida
en el artículo 3 del instrumento jurídico al afirmar que serán objetos del mismo
«las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o
extranjeras que, con ocasión del desempeño de sus actividades dentro del
territorio nacional, produzcan, importen o comercialicen bienes, o presten
servicios, por lo cual reciban una contraprestación pecuniaria que satisfaga su
intercambio».

«Si no comprendemos cómo funciona la economía lo que vamos
a hacer es entorpecer aún más el funcionamiento de este ya bastante golpeado
aparato económico venezolano y golpear el bolsillo de los consumidores», afirmó
Jorge Botti, presidente de Fedecámaras, una vez que el Presidente de la
República firmó la ley.

Además de ese extenso paraguas de regulación,
con la ley recién promulgada el Gobierno nacional levantará un riguroso sistema
de vigilancia y control sobre los actores privados de la economía.

El
artículo 10 del texto obliga a todos los sujetos a los que «resulte aplicable»
la ley a «inscribirse y mantener sus datos actualizados en el Registro Nacional
de Precios de Bienes y Servicios». Tanto el Vicepresidente de la República como
los Ministerios y los entes administrados por esos despachos podrán solicitar la
inscripción en el registro «a los efectos de la realización de determinados
trámites administrativos, o la obtención de autorizaciones o beneficios por
parte del Ejecutivo nacional».

Ese registro nacional estará a cargo de
la Superintendencia Nacional de Costos y Servicios, que según el artículo 31,
tendrá entre sus funciones fijar precios, administrar, supervisar, controlar y
sancionar a quienes incumplan la normativa. También podrá «emitir criterios»
sobre la utilización de «métodos de gastos, de utilidades» de las empresas y
«tendrá las más amplias facultades de inspección y fiscalización».

Adicional al registro y la Superintendencia, el nuevo instrumento
jurídico también crea el Sistema Nacional Integrado de Costos y Precios, que
estará conformado por la Superintendencia y los organismos públicos que tienen
competencia en materia de precios y por «órganos auxiliares» como la Fuerza
Armada y otros entes de seguridad nacionales, estadales o municipales.

Control absoluto

La estructura estatal creada en la Ley
de Costos y Precios Justos anulará definitivamente la libertad que tenían
algunas empresas y sectores para determinar precios en función de sus
estructuras de costos.

Una vez entre en vigencia la ley- 90 días hábiles
a partir del 18 de julio- será un regulador estatal el que sustituya la dinámica
que se produce en el mercado entre los oferentes y demandantes.

Más allá
de las violaciones constitucionales que establece la propia ley, según han
advertido varios juristas, los gremios empresariales y algunos actores
económicos alertan los riesgos de moverse en una economía estatizada.

Advierten que la imposición de controles «draconianos» en una economía
inflacionaria, como la venezolana, sólo reducirá los incentivos para producir y
abrirá las puertas de mercados paralelos o «negros» de difícil
fiscalización.




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Economía y Negocios
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