Llaman a la calma ante la inscripción militar obligatoria


El jefe del Comando Estratégico Operacional, Henry Rangel Silva, pidió calma a población ante la nueva Ley de Circunscripción y Alistamiento Militar, que establece la obligatoriedad de inscribirse en el registro. Dijo que el Ministerio de la Defensa se pronunciará sobre el tema.

«Este es un tema que realmente se está desarrollando de acuerdo a la nueva ley promulgada en octubre de 2009 y que en las últimas horas ha generado una serie de comentarios y suposiciones que en el fondo buscan atacar la legislación. Llamo a la población a que mantenga la calma y que no se presten para las manipulaciones que se quieren hacer al respecto y será el ministro de la Defensa quien dará las pautas correspondientes en este sentido», dijo.

Informa que en cada uno de los municipios de los estados del país hay una Junta de Circunscripción y Alistamiento Militar “que ha estado abierta permanentemente para recibir las solicitudes del registro militar”.

Destaca que la nueva Ley del Servicio Militar cambia diametralmente la vieja concepción de la Fuerza Armada sobre el servicio militar. “Hay un nuevo esquema de inclusión y progreso en el servicio militar”, agrega.

“La ley coloca al servicio militar como voluntario y con varias concepciones de que no es a un tiempo determinado, sino que puede ser a tiempo determinado o parcial”, explica.

De acuerdo con la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 5933 del 21 de octubre de 2009, las cooperativas y empresas, públicas y privadas, que contraten o provean algún bien al Estado tienen la obligatoriedad de inscribir a su personal en el Registro Militar Obligatorio.

El Registro Militar aplica a todos aquellos trabajadores con edades comprendidas entre 18 a 60 años. A partir de la publicación de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, los propietarios de las empresas deben exigir este documento a todo el personal, al momento de la contratación.

El no cumplimiento del ROM acarrea sanciones de carácter pecuniario que van desde 12 unidades tributarias (UT), en el caso de las personas, y hasta de 20 UT para funcionarios y representantes de empresas, que no soliciten la inscripción a los trabajadores.

Via Union Radio y Globovision




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