Nueva jornada laboral entra en vigencia el próximo 7 de mayo


c7     Tras cumplirse un año de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt), el próximo 7 de mayo comenzará a regir la reducción de la jornada semanal de trabajo de 44 a 40 horas, con dos días continuos de descanso.

El presidente de la Comisión de desarrollo Económico de la Asamblea Nacional Oswaldo Vera, explicó que más de 130.000 empresas han consignado ante el Ministerio del Trabajo los nuevos horarios.

 

También refirió que se tiene previsto que el próximo 1ro de mayo se anuncie el reglamento parcial que regula esta materia. La nueva Ley Orgánica del Trabajo establece una jornada laboral de 40 horas semanales (ocho diarias) de lunes a viernes, mientras que el sábado y domingo se considera horario extraordinario.

 

En las empresas de trabajo continuo –24 horas al día y siete días a la semana– la jornada será de 42 horas, pero los trabajadores tendrán una compensación: un día adicional de vacaciones ese año, cada vez que laboren seis días por semana.

 

Estabilidad laboral

 

La Ley Orgánica del Trabajo contiene además otras reivindicaciones como la eliminación de los despidos injustificados. En caso de que un trabajador no esté de acuerdo con el despido, podrá acudir a un juez de trabajo y si éste comprueba que no hay razones para que la empresa haya cesado la relación laboral, procederá a ordenar el reenganche.

 

Si el trabajador no desea retornar a su puesto de trabajo, el empleador tendrá que darle “doblete”, es decir, dos veces sus prestaciones sociales: una por derecho y otra por haberle despedido sin causa justa.

 

Esa liquidación doble de prestaciones también se hará cuando se despida a un trabajador por causa de cierre, mudanza o cualquier otro motivo que no sea imputable al empleado.

 

Inamovilidad

 

Si una persona tiene inamovilidad laboral, el patrono no puede despedirlo sin una autorización de la Inspectoría del Trabajo que demuestre que el trabajador cometió una falta.

 

En caso de que el empleador haga un despido sin ese aval, los funcionarios de la Inspectoría irán directamente al centro de trabajo y se reenganchará al trabajador en su puesto sin dilación alguna.

AVN




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