Nueva Ley del Trabajo para segunda discusión: “la estabilidad absoluta”


oscar-figuera-320x240 El presidente de la Comisión de Desarrollo Social,  diputado Oscar Figuera(PCV/Aragua) informó que la redacción del informe para la segunda discusión de la nueva Ley Orgánica del Trabajo no se detiene en este período de sesiones extraordinarias, sin embargo – de acuerdo a su cronograma – advirtió que el debate no ocurrirá en este período, sino para el mes de noviembre.

Explicó que este martes se avanzó en la instalación del denominado equipo político-tecno- jurídico, donde participaran especialistas en la materia laboral, como el doctor Antonio Espinosa Prieto  y Carlos Sáez Muñoz, además, están incluidos los diputados de la instancia legislativa, Malaquias Gil, Francisco Torrealba, José Mora, Gustavo Ladino, Orlando Castillo y coordinado por el presidente y vicepresidente de la Comisión de Desarrollo Social.

Dijo que este equipo elaborará criterios metodológicos, así como un cronograma específico que permita cumplir con la meta de discutir la ley en el mes de noviembre. “Elaborará una primera versión de lo que debe ser el cuerpo de la LOT hasta la primera quincena del mes de septiembre”.

Luego lo revisará y aprobará la comisión permanente en pleno. Proponemos someter a consulta durante los 15 días restantes del mes de septiembre a fin de dedicar el mes de octubre para la discusión artículo por artículo, esto con el objeto de que para el 30 de octubre estemos consignando el informe para la segunda discusión ante la Secretaría de la AN, resaltó.

Añade que este es el objetivo, sancionar la ley para este año, y consecuente en el 2010 saldar la deuda con los trabajadores en cuanto al mandato constitucional, pero puntualiza que van más allá  de lo estipulado en la transitoria cuarta, numeral tercero y, por ende, sancionar una nueva Ley Orgánica del Trabajo.

Temas álgidos

Sobre los temas que más han ocupado la atención pública, el diputado Figuera empieza por aclarar que alrededor de  “la estabilidad absoluta”.  Lo que existe es un debate conceptual de quienes dicen que no es un término correcto, ya que no existe y quienes – compartiendo esta visión – usan el término.

Para algunos, estabilidad absoluta es que ningún trabajador pueda ser sustituido o despedido de su cargo por ninguna causa, nosotros no decimos eso, decimos que ningún trabajador puede ser despedido sino existe causa justa que la establezca la misma ley y sino existe un juicio previo. Actualmente los despiden sin juicio previo. Nuestra proposición es el juicio con la presencia del Ministerio del Trabajo, pues no puede aceptar ningún despido por decisión unilateral del patrón.

Sostiene, además, que el patrón no tendrá la potestad de decidir o proponer pagar doble en caso de despidos, sino que será el trabajador quien decida si se queda o no en una determinada empresa, sin presiones. “Incluso, consideramos que se debe eliminar la figura del pago doble, pues si estamos priorizando la estabilidad, no debemos dejar que alguna gente utilice el tema del pago doble para incorporar circunstancias dolosas en la relación del trabajo.

A pesar que durante las discusiones se aproximaron a la posibilidad de incluir regímenes especiales para conserjes, vigilantes, pilotos, entre otros, el diputado Oscar Figuera dijo  que se ha logrado un consenso de proponer acercarlos a los regímenes de un trabajador fijo o el general de los derechos de los trabajadores(ras). “En el caso de los vigilantes no hay ninguna razón para que no trabajen el mismo horario que el resto de los empleados y no 12 horas como hasta ahora lo hacen”.

La tendencia sería eliminar entonces los regímenes especiales y generalizar los derechos de todos los trabajadores, pero sino es posible abolirlos totalmente, los aproximaremos lo más que se pueda al régimen general.

Precisó, que otro tema álgido es lo relacionado con la reducción de la jornada laboral, en este sentido, acotó que la tendencia es la disminución progresiva, aunque admitió que todavía no se ha logrado un consenso sobre la materia, sin embargo, aseveró que existe el criterio que debe darse la reducción, pero no se han establecido los límites ni las dimensiones, amén a que aún no han conversado este tema con el Ministerio del Trabajo o la Sala de Casación Social.

AN




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