Prohiben reventa de REGULADOS vía internet


Hasta 18 años de prisión y 50.000 Unidades Tributarias (Bs. 7.500.000) son las sanciones administrativas y penales más altas incluidas en la nueva Ley de Precios Justos. Lo penal va para el contrabando de extracción y la multa en dinero va para aquellos que incurran en especulación.

Un aspecto también tocado en esta nueva norma es la sanción de tres (3) a (5) años y multas por 200 o 10.000 Unidades Tributarias (30.000 a 1.500.000 bolívares), para quienes revendan productos de la cesta básica o regulados a precios superiores a los establecidos por el Estado, esto incluye a los llamado bachaqueros que lo hacen de manera directa en la calle o al comercio electrónico, quedando ahora regulado la venta a través los sitios web.

En el caso del contrabando de extracción, el texto publicado en la Gaceta Extraordinaria N° 6.202 el pasado lunes, señala en su artículo 57 que quien incurra en este delito será castigado con pena de prisión de 14 a 18 años. “Quien mediante actos y omisiones desvíe los bienes, productos o mercancías del destino original autorizado por el órgano o ente competente, así como quien extraiga o intente extraer del territorio nacional bienes destinados al abastecimiento nacional de cualquier tipo, sin cumplir con la normativa y documentación en materia de exportación correspondiente” podrá ser castigado con la pena antes mencionada.

Las infracciones monetarias aunque no sufrieron cambios en el número de Unidades Tributarias, aumentaron por el valor actual de la misma. Por vulnerar los derechos individuales los infractores deberán pagar desde 500 hasta 30.000 Unidades tributarias (Bs. 75.000 a 4.500.000); estoy incluye a quienes violen, menoscaben, desconozcan o impidan a las personas acceder a bienes y servicios, entre otros aspectos.

Aunque esta norma ya existía, el objetivo ahora es incrementar las penas para combatir la especulación que asedia a los venezolanos. De acuerdo con lo expuesto en el Decreto, contentivo de 90 artículos, más disposiciones transitorias y finales, la norma está destinada a “enfrentar la especulación, como principal causa de la inflación de Venezuela y que resulta en el aumento exagerado en los precios de los productos”.

Otra novedad en la Ley, es que ahora la Sundde, además de ser un órgano desconcentrado, con capacidad de gestión, presupuestaria, administrativa y financiera, coadyuvará con el ente competente en materia de administración de divisas en la estricta supervisión y control del correcto uso de las divisas otorgadas por alguno de los mecanismos de administración de estos recursos, en relación con la venta, disposición y fijación de precios de los bienes y servicios que involucren divisas.

Asimismo, la Sundde actuará como órgano auxiliar en las investigaciones penales que adelante el Ministerio Público (MP), sobre hechos tipificados en este Decreto.

El vicepresidente Jorge Arreaza, quien lidera el Comando Nacional de Precios Justos, detalló que “uno de los elementos innovadores de la reforma es la ampliación de las sanciones penales y accesorias administrativas”.
Fedecámaras y Consecomercio rechazaron la normativa. El presidente de la cúpula empresarial, Francisco Martínez, consideró que la reforma de la Ley de Precios Justos viola el sistema de libertad económica.

Sostuvo que la norma generará desestímulo en la producción, obligando a muchas empresas a cerrar, pues “existe una gran preocupación en la implementación de este sistema”, resaltando que tiene un efecto punitivo y fuerte.

En lo que Cipriana Ramos, presidenta de Cosecomercio, está de acuerdo. Advirtió que la implementación de esta Ley traerá “el cierre inminente de los comercios en el país” como consecuencia, por lo que procederán a impugnar.




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