En Gaceta Bancos y casas de cambio autorizados como intermediarios en divisas
El Banco Central de Venezuela (BCV) estipuló que los bancos universales, bancos comerciales, entidades de ahorro y préstamo y casas de cambio debidamente autorizados para actuar en el mercado de divisas, podrán realizar operaciones de corretaje o intermediaciones en el mercado de divisas y anunciar esta actividad, de conformidad con los lineamientos, términos y condiciones dictados por el BCV.