Chacao inicia campaña de «no venta de pólvora»


21   Desde hoy la Alcaldía de Chacao, a través del Instituto de Protección Civil y Ambiente, con el apoyo del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente y la Policía Municipal, realiza la campaña “En Chacao no se vende pólvora”, dirigida a garantizar el cumplimiento del decreto número 026-01, de fecha 23 de noviembre de 2001, el cual prohíbe la comercialización de fuegos artificiales en la jurisdicción.

Ana Liz Flores, presidenta de Protección Civil y Ambiente Chacao, indicó que ante la llegada de la Navidad se incrementa la utilización de artificios pirotécnicos que ponen en riesgo la vida y la integridad física de los ciudadanos. “En nuestro municipio no está permitido el expendio de pólvora.  Sin embargo, no basta con la existencia de la ley, es necesario emprender acciones concretas para velar por su cumplimiento”, apuntó.

Señaló que por esta razón a partir de hoy inician esta campaña de divulgación del instrumento jurídico y difusión de información sobre la incidencia de accidentes causados por la utilización inadecuada de fuegos artificiales.  “En Chacao avanzamos en la construcción de una nueva Cultura Ciudadana responsable con la integridad física, tanto de los más pequeños, como de los adultos”, dijo Flores.

 “Chacao se propone ser el primer municipio ecológico y seguro de Venezuela.  Para lograrlo ejecutamos políticas públicas como el monitoreo, durante las 24 horas, de los comercios ubicados en el municipio,  a fin de impedir el expendio de pólvora y proteger el derecho a la vida de niños, niñas, adolescentes, adultos y jóvenes prolongados, así como la calidad de ambiente, mediante la reducción de ruidos molestos”, apuntó Flores.

Además de la supervisión de comercios, adelantan jornadas informativas en sitios de gran concentración de personas, como las Plazas Altamira y Los Palos Grandes; centros comerciales Sambil y San Ignacio; y en los espacios deportivos Skate Park, Gimnasio Vertical y Eugenio Mendoza.

La campaña se sustenta en la difusión del decreto número 026-01 de fecha 23 de noviembre de 2001, el cual establece que “queda prohibido en la Jurisdicción del Municipio Chacao del estado Miranda, la comercialización de todo tipo de artificios pirotécnicos y otros detonantes que puedan comprometer la salud e integridad física de los habitantes del Municipio Chacao, en especial a sus niños y adolescentes”. 

Adicionalmente, el artículo 262 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNA) establece que “quien venda, suministre o entregue a un adolescente fuegos artificiales, será penado con prisión de tres meses a un año. Si la venta, suministro o entrega se hace a un niño, la prisión será de seis meses a dos años.  En estos casos, según la gravedad de la infracción, se podrá imponer igualmente el cierre del establecimiento hasta por diez días”.




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