Defensoría: Medida contra diarios no restringe libertad de expresión


1En el texto la Defensoría aseguró que la medida adoptada por el Tribunal 12° de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes no constituye «de forma alguna una violación o restricción ilegítima del derecho a la libertad de expresión y a la información», esto luego que se le ordenara al diario El Nacional y Tal Cual no publicar imágenes, informaciones y publicidad de cualquier tipo con contenido de sangre, armas y mensajes de terror.

A cotinuación lea el comunicado completo:

Ante las decisiones adoptadas por el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en fecha 17 y 18 de agosto de 2010, mediante las cuales ordenó a los medios de comunicación social impresos de todo el país abstenerse de publicar imágenes violentas, sangrientas y grotescas, que de una u otra forma vulneren la integridad psíquica y moral de los niños, niñas y adolescentes, la Defensoría del Pueblo expresa lo siguiente:

Resaltamos que, de acuerdo a la Convención de los Derechos del Niño, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el Estado, las familias y la sociedad están obligadas a asegurar, con prioridad absoluta, la protección integral de la infancia y la adolescencia.

En este sentido, como lo señala el Estudio sobre Violencia contra los Niños elaborado por la Organización de Naciones Unidas, los Estados deben “alentar a los medios de difusión a promover valores no violentos y aplicar directrices para garantizar un pleno respeto de los derechos de los niños en toda cobertura informativa.”

De igual forma, destacamos que tal como lo dispone el Texto Constitucional y la LOPPNA los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una información adecuada a su desarrollo integral y, en razón de ello, los medios de comunicación social tienen el deber de contribuir a su formación, estando prohibida expresamente por la Ley la difusión de imágenes inadecuadas para la salud psíquica y el desarrollo integral de la población infantil y juvenil.

En razón de todos estos postulados, afirmamos que la medida adoptada por el Tribunal 12° de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes no constituye de forma alguna una violación o restricción ilegítima del derecho a la libertad de expresión y a la información. Por el contrario, esta decisión y las acciones desarrolladas las instituciones competentes responden a una obligación constitucional y legal del Estado venezolano, de carácter indeclinable.

De tal manera, ratificamos que el ejercicio del derecho constitucional a la libertad de expresión y la información o el desarrollo de acciones destinadas a promover tendencias electorales, no puede dar lugar y en ningún caso justifica la vulneración de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.




Categoria(s) de contenido(s):
Noticias Nacionales y Regionales
Tema(s) de Contenido(s):


¿Quieres emigrar?
Postulate a las ofertas de trabajo disponibles en las mejores ciudades del mundo donde mudarte a vivir y trabajar, visita: The Best Cities to Live and Work

BestCities.work

Comparte en tus redes sociales:

Te recomendamos leer los siguientes contenidos relacionados:

NotiActual es Noticias de Última Hora y Mucho más de Venezuela, Latino América y el mundo
El Nacional celebra su 68° aniversario con sus lectores
Prohíben a El Nacional publicar «imágenes violentas
Fiscalía inicia una investigación contra el diario “El Nacional” por la polémica portada de ayer

Sigue leyendo los temas más populares:

Síguenos en nuestras redes sociales:

instagram notiactual
twitter notiactual
Facebook notiactual
Pinterest notiactual
Telegram notiactual