Gobernarán por Decreto: Según Pedro Carreño La Asamblea Nacional es nula


El diputado de la Asamblea Nacional, Pedro Carreño, afirmó este miércoles que todos los actos de la Asamblea Nacional son nulos, luego de que el Tribunal Supremo de Justicia dictara una sentencia donde indican que el presupuesto para el año 2017 será aprobado por la Sala Constitucional y no por el poder legislativo, tal como reza la constitución de la república.

“La Asamblea Nacional es nula, por lo tanto eso no es óbice para que el estado deje de funcionar. Ante circunstancias como esa, la constitución establece lo atinente a la protección de la constitución, cómo hacer cuando un poder público se sale del estado de derecho y se subroga facultades que no tiene. El parlamento nacional no tiene facultades legislativas. Si el presidente de la república requiera ausentarse del país por más de cinco días ¿a quién se le solicita el permiso?”

Durante su participación en Venezolana de Televisión, el diputado por el Psuv dijo “La constitución dice que es atribución de la sala constitucional declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del Poder Legislativo municipal, estadal o nacional cuando haya dejado de dictar las normas para garantizar la constitución y establecer el plazo de los lineamientos para su corrección. Mientras la Asamblea Nacional todos sus actos sean viciados, nulos, se requiere una extensión de la sentencia para que, la sala constitucional, proceda a asumir las facultades de manera temporal y el ejecutivo envíe proyectos de ley a la sala constitucional, esa solicitud ya la tiene preparada el bloque de la patria”.

Se le preguntó qué se le podría decir al pueblo, quienes en mayoría votaron por los diputados de la MUD el seis de diciembre “Nuestro pueblo está clarito. La derecha quiso generar un conflicto con el poder de los medios nacionales e internacionales y miren en lo que termino, no un conflicto de poderes sino un poder en conflicto, solo con ellos mismos y como el Estado no se puede para, el presidente de la república solicitó una extensión a la sentencia 814 del TSJ y el 11 de octubre se emitió al decisión donde se reitera la nulidad de todos los actos del parlamento y en ese sentido establece que el presupuesto esté asignado a la aprobación del poder judicial”.

Sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional dijo “Con respecto a la institución de la inmunidad parlamentaria, para el caso de los altos funcionarios que tienen una suerte de poder de protección, el ministerio Público hace la solicitud de antejuicio de merito, determinar si existen elementos de convicción para ir a un juicio. Existiendo los elementos de convicción hay que allanarle la inmunidad parlamentaria. Para el allanamiento de la inmunidad parlamentaria, primero la asamblea no está hábil. Sería interesante aprovechar la coyuntura para que este aspecto se encargue del la Sala Constitucional”.




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