Gobierno mantiene retrasos en los pagos a las contratistas


5   El Gobierno asegura que en este 2011 se agilizará la construcción de obras, debido a los daños que se registraron por las lluvias del pasado mes de diciembre, pero esas acciones de aceleración de proyectos se anuncian cuando los entes oficiales todavía mantienen deudas con las contratistas.

Según estimaciones del sector construcción, el tiempo de pago de las obligaciones continúa en un promedio de siete meses, pese a que la Ley de Contrataciones dice que las cancelaciones tienen que efectuarse en un lapso de ocho días hábiles. Representantes del sector, señalan que esos retrasos con las empresas que prestan servicios al sector público, inciden en el avance de los proyectos.

De acuerdo a la información de las constructoras, por el atraso en las cancelaciones se registra lenta ejecución en: las líneas de metro, el sistema ferroviario, los sistemas de riego en algunas entidades, la infraestructura relacionada con el sector eléctrico y las soluciones habitacionales.

Representantes del sector construcción, expresan que ante el menor flujo de recursos no se puede garantizar un mayor ritmo de producción, y apuntan que por el aumento que tuvo la asignación del Ministerio de Transporte y Comunicaciones se espera que se aceleren los desembolsos de recursos.

Para este 2011 el presupuesto de Transporte fue establecido en 5,4 millardos de bolívares y el de Vivienda y Hábitat en 2 millardos de bolívares.

El pasado año el despacho de Transporte desembolsó 75% de su gasto y Vivienda el 73% y por esos niveles fueron las instancias que tuvieron la menor ejecución de presupuesto.

Sugerencia oficial

A mediados del pasado año, el presidente Hugo Chávez Frías señaló en una alocución que tenía los recursos para seguir con las obras, pero le solicitó a las contratistas que si el Estado no llegara a tener fondos para continuar con los programas, entonces las empresas debían solicitar financiamiento. «Tenemos que prever financiamiento adicional al que el Gobierno aporte. No es justo que ustedes estén jugando aquí a que solo el Gobierno pague».

Pero las empresas se enfrentan a limitaciones cuando tienen contratos oficiales. Aunque pueden solicitar préstamos para cubrir gastos como pagos de salarios, entre otros, los contratos que se firman con los entes no toman en cuenta el peso que representan los créditos.

Los términos de los acuerdos indican que las instituciones se comprometen a efectuar los desembolsos para el avance de los proyectos, y ante cualquier retraso las empresas pueden utilizar sus propios fondos, mientras se regularizan los pagos, no se reconocen los costos generados por financiamientos.

Impacto

El pasado año la construcción terminó con una caída de 7,2% y ese resultado se debió a que la actividad pública se desaceleró 1,6% y la privada 21%. En el sector público, la actividad del Gobierno general tuvo un retroceso de 22%, justamente por la menor inversión.

En la información trimestral que presentó el instituto emisor sobre el comportamiento de la economía se llegó a destacar que uno de los aspectos que tuvo incidencia en la construcción fue el retraso en la contratación y pago de obras por restricciones administrativas y operativas de los entes.

Peso de la Ley

En la fase en la cual se agudizaron las deudas del Estado con las empresas, el Gobierno procedió a la reforma de la Ley de Contrataciones, que permite a los entes públicos tomar los equipos de las contratistas si las obras son paralizadas.

El texto que «cuando la obra hubiere sido paralizada o exista un riesgo inminente de su paralización, el ente contratante podrá dictar y ejecutar como medidas preventivas la requisición de los bienes, equipos, instalaciones y maquinarias, así como el comiso de los materiales, afectos a la ejecución de la obra. Todo ello con la finalidad de dar continuidad a la obra y garantizar su culminación en el plazo establecido».

Según el instrumento, las medidas preventivas se adoptarán y ejecutarán en el mismo acto (…) La negativa de los sujetos afectados por la medida no impedirá su ejecución, pero tal circunstancia deberá dejarse expresamente» .




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