Ley de Reforma del Código de Ética del Juez Venezolano y Jueza Venezolana, aprobada


  an1710 La Ley de Reforma del Código de Ética del Juez Venezolano y Jueza Venezolana, aprobada el martes pasado, fue sancionada por el Parlamento Nacional este jueves, durante su sesión ordinaria.

Durante el debate que se culminó el pasado martes, el diputado Juan José Mendoza, miembro de la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad, recomendó modificar la frase “por nacimiento” que está contemplada en el numeral 1 del artículo 44 de la Ley Vigente del Código de Ética del Juez y Jueza Venezolana.

Explicó que la supresión de esta frase “por nacimiento” ha sido discutida anteriormente con las autoridades de política interior “y, colegas diputados, porque creemos que limita el derecho que tienen muchos venezolanos por naturalización al acceso al sistema de justicia para ser miembros de la Corte Disciplinaria o Tribunal Disciplinario”.

Asimismo, pidió agregar en el Literal B del artículo 44 la palabra “honorabilidad” como complemento al hecho de ser jurista de reconocida competencia y porque atiende al hecho de ser éticamente demostrable que esa persona en su competencia y en su ejercicio profesional tiene las condiciones para ser miembro del Tribunal Disciplinario.

Propuso la siguiente redacción: “Para ser juez o jueza del Tribunal Disciplinario Judicial o de la Corte Disciplinaria Judicial se requiere tener un mínimo de siete años de graduado como abogado o haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la administración publica durante un mínimo de cinco años o ser o haber sido profesor universitario en el área de derecho público durante un mínimo de cinco años”.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, ordenó que las modificaciones propuestas fueran incluidas en el informe final sancionado este jueves en horas del mediodía.

gm / Reporte360



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