Inquilinos y propietarios enfrentados por la defensa de sus derechos


24 Los inquilinos del país -y en especial los del estado Aragua- parecieran estar en emergencia ante lo que han calificado como desalojos forzosos. Los propietarios de bienes inmuebles, amparados en sus derechos legalmente establecidos en la Constitución nacional y en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, exigen la entrega de las viviendas en alquiler. Esto, fundamentalmente, por el incumplimiento de acuerdos entre las partes, dejando a un lado el tiempo que una familia pudiera tener como inquilina o si afecta o no al grupo de personas que allí habitan.
Ante tal situación, la Asamblea Nacional ha iniciado una cruzada, desde la capital venezolana, para evaluar los casos que han sido presentados por redes de inquilinos y que, hasta ahora, suman unas 500 mil familias afectadas por los desalojos forzosos.
En el caso del estado Aragua, ya se conoce de una experiencia que beneficia a los inquilinos, donde el Gobierno regional intervino para detener el desalojo de una familia sobre la cual ya recaía una orden emanada de un tribunal, que exigía la entrega inmediata del inmueble arrendado. En este particular, el Ejecutivo comprobó irregularidades de parte de los arrendatarios y, con la aprobación previa del máximo ente legislativo regional, aplicó un decreto de expropiación al edificio Don Antonio, ubicado en la avenida Ayacucho de Maracay. No sólo frenó el desalojo forzoso, sino que ahora le otorga la posibilidad a los inquilinos de ser dueños de dichos inmuebles.
Esto ha desatado un revuelo en la entidad, donde los apartamentos de muchos edificios son dados en alquiler y, hoy por hoy, son objeto de denuncias, producto de situaciones que -según los arrendatarios- no se corresponden con lo establecido en la normativa legal vigente.
Cada uno de estos casos está siendo manejado por la comisión de Vivienda y Hábitat del Consejo Legislativo Bolivariano del estado Aragua, la Red Socialista de Inquilinato y el Gobierno regional, precisamente para determinar las estrategias a asumir en cada particular.
Por ello, y por todos los casos que se han presentado en la región metropolitana, es que desde la Asamblea Nacional se plantea la redacción de una normativa legal que prohíba los desalojos forzosos, defendiendo así a la parte inquilinaria. Mientras que, por otro lado, no se descarta la modificación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, a fin de ajustarla a la seguridad habitacional que el Gobierno nacional quiere brindar a todas aquellas familias que no poseen los recursos necesarios para contar con una vivienda propia, impidiendo de esta manera los desalojos forzosos e incluso arbitrarios. Esto, sin duda, genera preocupación entre los propietarios de inmuebles y expertos legales en la materia, por considerar que quedan indefensos.
Y es que, en la normativa vigente, los propietarios de los inmuebles pueden solicitar los desalojos cuando los inquilinos hayan dejado de pagar dos mensualidades, cuando los dueños necesiten la vivienda para sus familiares, o cuando requieran reparaciones por destrozos causados por los inquilinos. Además, las demandas deben cumplirse de manera improrrogable en un período de seis meses. Las anteriores no parecen ser suficientes restricciones, por lo que, desde el Parlamento Nacional, el diputado Darío Vivas lleva la batuta en esta tarea. El legislador se comprometió a revisar todas las alternativas posibles antes de fijar los mecanismos a legalizar para evitar los desalojos.

Justicia social
Una vez ejecutado el decreto de declaración de utilidad pública sobre el edificio Don Antonio, el Parlamento aragüeño inició una serie de evaluaciones en las que se determinó que más de 15 infraestructuras en diversas partes del municipio Girardot se encuentran bajo el régimen de alquiler, cada una con una realidad distinta.
A tales efectos, el diputado Crisanto Ortegano, presidente de la comisión de Vivienda y Hábitat del Cleba, explicó que “la intención es que haya justicia social”, tanto para los inquilinos como para los propietarios, sobre todo porque “ya no podemos seguir viendo la vivienda como un negocio, nos negamos a ver la vivienda como un objeto de negocio”, recalcó.
Desde esta instancia se exhorta a las municipalidades a trabajar con cautela el tema de las expropiaciones, porque “no es una situación alegre, no puede ser que pidan una expropiación y el Estado lo va a hacer, hay una serie de pasos a seguir y llamamos a la calma”, agregó, dejando en claro que no todos pueden ser objeto de la misma medida.
Explicó que el problema se presenta cuando alguna de las partes incumple el contrato y no se ajusta a las normativas legales vigentes, situación que no necesariamente debe terminar en un decreto de expropiación.

Preocupación
El tema de los alquileres en Venezuela es regulado por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda. Jesús Gil, abogado especialista en materia inquilinaria, comentó que hace tres años la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión una reforma de la normativa macro que desde entonces genera preocupación en el sector, más cuando nuevamente es considerada la posibilidad de ejecutar una modificación que pudiera estar parcializada hacia quienes viven bajo la modalidad de alquiler.
Gil explicó que, entre los elementos que contempla este borrador de trabajo, el cual sería sometido en la época a segunda discusión, se encuentran: El procedimiento arrendatario sería fundamentalmente oral, además de establecer la mediación y conciliación antes de pasar a un juicio donde se resolvería la mayoría de los conflictos. Pero “hay aspectos preocupantes”, destacó, como el hecho de que el Estado tiene que aprobar la venta de un inmueble o que el tiempo para desocupar un inmueble debe darse entre seis meses y un año; es decir, que pudiera ser un período prorrogable una vez surgida la sentencia, además que le permite al inquilino un atraso de tres meses en la cancelación del alquiler, cuando en la ley actual se prevén dos meses.
Para el experto en materia inquilinaria, “en la medida en que las alcaldías comiencen a dar respuesta a través de mecanismos de conciliación y mediación, se van a solucionar muchos problemas”. Sin embargo, es necesario crear la infraestructura municipal necesaria para tal fin, pues ese “es el papel que debe cumplir el Estado”.
En este sentido, considera que en el caso de Aragua existe una gran preocupación porque, en las últimas semanas, han aparecido una serie de pancartas llamando a la aplicación de la medida expropiatoria, y eso “no le hace bien al propietario que tiene un inmueble desocupado y lo quiere alquilar o que lo tiene ocupado y piensa dejar a los inquilinos porque han sido responsables”, puntualizó.
El documento de arrendamiento, firmado entre las partes involucradas, resulta ser fundamental entre propietario-inquilino, agregó, pues es el aval que cada uno tiene a la hora de establecer cláusulas que regulen la relación comercial. Este elemento también está siendo considerado por la AN, toda vez que deben establecerse con claridad los criterios de contratación y las disposiciones para adquirir viviendas, sin dejar vacíos que posteriormente puedan ser utilizados en contra de alguna de las partes.

Casos
Luego de muchas denuncias, la situación del edifico Don Antonio en Maracay se resolvió a favor de las familias alquiladas, pues se constató que, de parte de los propietarios del inmueble, hubo posturas no ajustadas a la ley, como el hecho de aumentar de manera “exagerada” el canon de arrendamiento, cuando existe tasa actualmente congelada.
Pero luego de ello, en un edificio sin identificación alguna, ubicado en la manzana G de la urbanización San Isidro, aparecieron pancartas guindadas, llamando a detener los desalojos forzosos y exigiendo al Gobierno regional su expropiación inmediata.
En esta estructura habitan unas 17 familias, de las cuales tres se mantienen en disputa por la situación habitacional que atraviesan. Luisa Emir Carrero, a pesar de que presenta una orden de desalojo en su contra, emitida por un tribunal del estado, por incurrir en mora en distintas oportunidades, se niega a abandonar el inmueble alegando maltrato por parte de los dueños, tres de ellos habitantes del mismo edificio en situación sucesoral.
Se trata de un caso particular, en el que se ha involucrado incluso a los cuerpos de seguridad del estado, producto de las irregularidades que allí se presentan. Jackeline Reyes De Doria, representante sucesoral del inmueble, desmintió todas las acusaciones emitidas por algunos de los inquilinos, asegurando que en diversas oportunidades se han dispuesto a recuperar las instalaciones y no ha sido posible.
Con documentos en mano, Reyes demostró la realidad legal de la estructura; sin embargo, es un caso que se encuentra en discusión en el seno del Parlamento aragüeño que ha servido de ente mediador entre los involucrados, en la búsqueda de una solución pertinente.
Sobre este particular, Juan Carlos Luna, miembro del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) y candidato a diputado por el Circuito 1, señaló que se trata de una denuncia que ya están atendiendo, por lo que ratificó el compromiso con todas aquellas personas que son objeto de injusticia, previa evaluación y comprobación de cada una de las denuncias.
Descartó la ejecución de futuras expropiaciones, pues, para ello, primero debe darse un proceso exhaustivo de revisión que garantice la aplicación de medidas justas y basadas en la Constitución nacional y las leyes.
Otro caso es el de un edificio en el centro de Maracay, específicamente en la calle Carabobo, con otras realidades, que forma parte de la lista de inmuebles que evalúa el Cleba, el Frente Socialista de Inquilinato y el Gobierno regional.

Mucha tela que cortar
Diversos son los elementos que envuelven la materia arrendataria en el país. Por un lado, los inquilinos defienden sus derechos como familias, de una u otra forma, desposeídas de los recursos necesarios para adquirir un techo propio y, por otro lado, están los dueños de inmuebles que ponen a disposición de estas personas un espacio en el cual habitar, a cambio de una remuneración, que debería estar fijada según el Índice de Precios al Consumidor.
Sin embargo, para muchos, el IPC no refleja los índices inflacionarios actuales, pero es la medida justa bajo la cual se han congelado los precios de los inmuebles a alquilar. Por ende, muchas personas se niegan a cancelar un aumento en los cánones de arrendamiento, siendo utilizado para negarse a cumplir con medidas exigidas por los propietarios y que son, en gran parte, avaladas por los entes tribunalicios.
Precisamente, para garantizar que la discusión sea equilibrada es que han intervenido organismos como la Asamblea Nacional y, en el caso de Aragua, el Cleba y otras instancias involucradas en el tema de inquilinario, desde donde se hace un llamado a los dueños de inmuebles en alquiler, que se mantienen ajustados a derecho, a no caer en especulaciones al respecto, pues han dejado claro que la intención no es defender a quienes incurren en hechos irregulares, sino hacer justicia sobre aquellas familias afectadas por medidas basadas en el maltrato y el abuso de los arrendatarios.
Las evaluaciones e inspecciones continúan, pues cada caso refleja una situación particular que amerita la aplicación de mecanismos distintos, por lo que una pancarta exigiendo expropiación de un inmueble no es suficiente razón para que el Ejecutivo, en este caso regional, aplique la medida.
Aún queda mucha tela que cortar al respecto, pues apenas la discusión inicia a nivel parlamentario, donde existe un compromiso regional por ajustarse a lo que nacionalmente se adelante, tomando en cuenta que se trata de una problemática general.
El Aragüeño




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