Gobierno de Venezuela suspende pago de alquileres hasta Marzo de 2021

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Gobierno de Venezuela suspende pago de alquileres hasta Marzo de 2021.

Según se explica en el documento, también «se  suspende la aplicación de la causal de desalojo» establecida en el artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario.

 

A través de la Gaceta Oficial 41.956 con fecha de miércoles 2 de septiembre, el gobierno de Nicolás Maduro extendió la suspensión de alquileres hasta marzo de 2021, medida que había sido anunciada a principios de la cuarentena y prorrogada por cinco meses más (hasta enero de 2021) el pasado 26 de agosto de 2020.

En el marco del Estado de alarma y emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, la administración de Maduro suspende por un lapso de seis meses el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal.  Según se explica en el documento, también «se  suspende la aplicación de la causal de desalojo» establecida en el artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario, lo que significa que los arrendadores no pueden sacar a los inquilinos de sus vivienda mientras esté en vigencia lo dicho en la comunicación.

De igual manera, se señala que tanto el dueño de la casa como el arrendatario pueden llegar a un acuerdo mutuo y establecer ciertas condiciones respecto a los plazos de pago, mas recalcan también que «en ningún caso, podrá obligarse al arrendatario o arrendataria a pagar el monto íntegro de los cánones y demás conceptos acumulados de manera inmediata al término del plazo de suspensión».

Vale resaltar que Francisco López Domíguez, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela expresó en el mes de abril, un mes después de que se anunciara, también en la Gaceta Oficial extraordinaria 6.522, el cese de pagos de alquileres hasta septiembre 2020, que muchos de los arrendadores tenían en el canon la totalidad de su sustento, y que por eso, a fin de proteger a ambas partes, lo mejor era, si se podía, mantener el pago total de las obligaciones adquiridas previo a la pandemia, o «en otros casos asumiendo un porcentaje, y en todos los casos acordando el lapso en el cual se pagarán las cuotas suspendidas». Esto a fin de evitar la intervención de alguna otra institución gubernamental, cuyas acciones pudiesen empeorar el panorama legal.

 




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